El teletrabajo ha permitido que los empleados hayan podido conciliar su vida familiar y la laboral, especialmente durante la pandemia. Pero una cosa es que durante el trabajo en remoto se puedan realizar pequeñas tareas domésticas o privadas que no interfieran en la actividad diaria, y otra bien distinta es que el empleado intente colaborar con una empresa de la competencia.
Esto ha sucedido en Cataluña donde una sociedad del sector informático ha despedido a un jefe de sección que acudió durante varios días a la empresa rival sin que fuera autorizado. El despido ha sido declarado procedente por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña que ha entendido que el empleado, aprovechando las horas de teletrabajo, ha realizado competencia desleal con su empleadora. Puede ver el texto íntegro de la sentencia aquí.
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