El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) ha abierto un nuevo frente dentro de la legislación laboral al considerar que un fijo discontinuo “es un trabajador a tiempo parcial”. Una calificación que los magistrados de la Sala de lo Social, recuerdan, no está recogida en el Estatuto de los Trabajadores “ni antes ni después de la reforma laboral de 2021″. En su resolución, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, y que fue hecha pública este martes, “el fijo discontinuo es un contrato laboral atípico porque no garantiza trabajar durante la jornada anual completa”. Se trata de una consideración que, de acuerdo con la perspectiva del derecho europeo, impide por ello que una empresa pueda cambiar el contrato de un empleado de indefinido a fijo discontinuo sin su aprobación.

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