El Pleno de la Sala de lo Social del TS ha reconocido a la maternidad por subrogación o sustitución como situación protegida a los fines de la prestación por maternidad, adopción o acogimiento,

Así lo ha declarado en dos sentencias que resuelven sendos recursos de casación para la unificación de doctrina, cuyos fallos ha sido adoptados hoy, pero de las que no se conocen más datos a la hora de elaborar esta noticia.

En ambos casos se planteaba si la maternidad por subrogación o sustitución puede considerarse situación protegida a los fines de la prestación por maternidad, adopción o acogimiento, con la particularidad de que en uno de los casos el solicitante de la prestación era un varón.

 

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