La obligatoriedad de registrar diariamente la jornada de los trabajadores afecta a «todas las empresas, cualquiera que sea su tamaño u organización del trabajo». Así lo ha aclarado hoy el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en una guía algo farragosa de diez paginas que acaba de hacer pública para ayudar a los empresarios a implantar estos registros.

En este sentido, Trabajo insiste en que este registro también debe ejercerse sobre «los trabajadores “móviles”, comerciales, temporales, trabajadores a distancia o cualesquiera otras situaciones en las que la prestación laboral no se desenvuelve, total o parcialmente, en el centro de trabajo de la empresa.

Leer la noticia completa – click aquí