Formar a futuros trabajadores. Ese es el objetivo de las prácticas laborales, de las que pequeñas y medianas empresas y trabajadores autónomos suelen hacen uso, en busca de un apoyo laboral que, en el futuro, pueda continuar trabajando en el equipo. Sin embargo, y al contrario de la creencia general, a una persona en prácticas no se le puede pagar lo que cada uno considere.

Un contratado bajo la modalidad de ‘prácticas’ tiene que cobrar un mínimo, según marca la normativa de este contrato, publicada por los Servicios públicos de Empleo, y que analizamos a continuación.

Lo primero a tener en cuenta es que los mínimos salariales en este tipo de contrato están marcados en un porcentaje concreto sobre el sueldo que marque el convenio colectivo al que pertenezca el empleado.

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