En la sentencia, la sala de lo social desestima un recurso de una empresa de limpiezas contra un fallo del juzgado de lo social nº 1 de Móstoles, que daba la razón a la limpiadora.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado que una empresa pueda cambiar a una empleada de centro de trabajo si el desplazamiento añade una hora y equivale al cambo de domicilio.

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