La operativa habitual de muchas pequeñas y medianas empresas, o trabajadores autónomos en España, implica a menudo –y especialmente durante la crisis– que algunas de sus cuentas bancarias se queden en números rojos una vez afrontados los pagos a proveedores y a la espera de cobrar de sus clientes.
Esta situación provoca una penalización bancaria que con frecuencia se traduce en el cobro de varias comisiones como la de descubierto, por el saldo negativo, la de excedido, por el tiempo que tarda en ponerse al día, o la reclamación de posiciones deudoras, a las que se suma un interés de demora. En los últimos tiempos, sin embargo, los tribunales han comenzado a anular estos cobros al entender que se trata de un doble castigo automatizado que no obedece a la prestación de un servicio real, como exige la regulación.
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