Las empresas tendrán que registrar diariamente la jornada de sus trabajadores a partir del 12 de mayo, fecha en la que entrará en vigor la modificación del Estatuto de los Trabajadores referida al registro de jornada que aprobó el Gobierno la semana pasada.
En concreto, el Real Decreto-ley de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo al que el Consejo de Ministros dio su visto bueno el pasado viernes y publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), obliga a las empresas a realizar un registro diario del horario de sus trabajadores, que deberá incluir el inicio y finalización de la jornada, sin perjuicio de la flexibilidad horaria.
Este registro se organizará y documentará mediante la negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, por decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores.
La empresa estará obligada a conservar los registros de jornada de sus trabajadores durante cuatro años y deberán permanecer a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
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