Para Hacienda, se trata de la medida contra el fraude fiscal más poderosa que jamás ha existido. Para colectivos de asesores fiscales, es una muestra de los excesos que comete la Agencia Tributaria amparándose en la lucha contra la evasión fiscal. Estas son las dos visiones del llamado modelo 720, que desde 2012 obliga a los contribuyentes con rentas o bienes en el exterior que superen los 50.000 euros a presentar una declaración informativa. El conflicto no deriva de la exigencia en sí, sino del duro régimen sancionador que lo acompaña.

El hecho de no presentar la declaración, cuando se tiene la obligación de hacerlo, supone una sanción de 5.000 euros por cada dato omitido con un mínimo de 10.000 euros. Cuando la declaración haya sido presentada fuera de plazo sin requerimiento previo, la multa será de 100 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma cuenta, con un mínimo de 1.500 euros. Aunque la parte más polémica del régimen sancionador es que contempla una suerte de imprescriptibilidad fiscal. Ello es así porque si un contribuyente no declara sus bienes en el extranjero –o incluso si los declara fuera de plazo– la Agencia Tributaria imputará los bienes como una ganancia patrimonial no justificada en el último período entre los no prescritos e impondrá una sanción del 150%.

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