Los trabajadores que hayan solicitado una reducción de jornada por cuidado de hijos están blindados frente a los despidos improcedentes. La ley laboral los considera nulos, aunque no se aprecie discriminación ni represalia del empresario. Dicho de otro modo, si el juez considera que no hay motivo suficiente para un despido disciplinario, la empresa está obligada a readmitir al empleado. Esta es la conclusión a la que llega en una reciente sentencia (cuyo texto puede consultar aquí), la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia. En su fallo, el tribunal gallego obliga al BBVA a readmitir a una empleada a la que despidió por ofensas verbales a jefes y compañeros de trabajo, y por transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza “no solo don el banco sino con los clientes”. La trabajadora despedida, había solicitado un par de meses antes una reducción de jornada o flexibilidad horaria para poder compatibilizar el cuidado de su hija menor, sin obtener una contestación.
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