La nueva cotización de la retribución en especie no incrementa el cálculo de las indemnizaciones por despido.

Así lo establece una sentencia delTribunalSuperior de Justicia (TSJ) de Galicia, que resuelve de forma favorable a las empresas un asunto que estaba generando dudas entre compañías y trabajadores.

Tradicionalmente ha venido equiparándose o identificándose el concepto de «salario» con el de «retribuciones por las que hay que cotizar». Como ejemplo, la sentencia del Tribunal Supremo de 31 de enero de 1995 que indicaba que «el salario real, en materia de Seguridad Social, se correspondía a las retribuciones que se tienen en cuenta para el cálculo de cotizaciones».

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