Tal y como señala la Seguridad Social, un trabajador en España se puede jubilar a los 65 años siempre y cuando haya cotizado a lo largo de su vida laboral 38 años y seis meses. De lo contrario, deberá esperar hasta los 66 años y ocho meses para proceder a la jubilación ordinaria.

En estas condiciones se cobrará el 100% de la base reguladora y si se reducen los años, también lo hará el porcentaje a percibir. El mínimo es 15 años cotizados, una cifra con la que se tiene derecho a un 50% de la base reguladora. Así hasta llegar a los 36 años y seis meses cotizados, que ya permiten recibir íntegra la pensión. Ese 100% es el máximo a percibir, por lo que no se podrá cobrar más.

Es decir, un trabajador que se haya jubilado con 42 años cotizados no va a percibir más que el que lo ha hecho con 36 años y seis meses. Ambos recibirán el 100% de la base reguladora. La cantidad a percibir podrá variar, pero dependerá de la cifra por la que han cotizado a lo largo de su vida laboral. Así, puede darse el caso que el de 36 años y seis meses cobre una pensión más alta si ha cotizado por una cifra más alta, llevándose ambos igualmente el 100% de su base reguladora correspondiente.

¿Se puede llegar a cobrar más del 100% de la pensión?

Tal y como hemos señalado, la jubilación ordinaria conlleva ingresar como máximo el 100% de la base reguladora, pero sí hay una manera de cobrar más. Es el caso de jubilarse más allá de la edad ordinaria, algo que la Seguridad Social bonifica. Hay tres opciones para ello.

  • Incremento porcentual de la pensión (hasta un 4% anual).
  • Un único pago al jubilarse.
  • Una opción mixta: recibir parte del incremento mensual y un pago al jubilarse.

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