El auge en la internacionalización de las empresas hace que cada vez sea más común que algunos trabajadores tengan que desplazarse al extranjero para visitar a un cliente o desempeñar algún trabajo fuera de las fronteras españolas. Esas personas tienen su contrato laboral en España y, por lo tanto, su domicilio fiscal en territorio español, pero están libres de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) durante los días que pasan trabajando en el extranjero.
Así lo recoge el artículo 7p del Reglamento del IRPF, que establece que esta exención puede llegar hasta los 60.100 euros anuales.
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