Tribunal de Justicia de la UE (TUE) ha dictaminado este jueves que el sistema utilizado en España para determinar la base de cálculo de la duración de la prestación por desempleo de los trabajadores a tiempo parcial ‘vertical’ es contrario a la legislación comunitaria porque discrimina a las mujeres.
En su sentencia, el tribunal con sede en Luxemburgo, ha estipulado que la directiva europea «se opone a una legislación que, en el caso del trabajo a tiempo parcial vertical (trabajo que se desempeña solamente en algunos días de la semana), excluye los días no trabajados del cálculo de los días cotizados, reduciendo de este modo el periodo de pago de la prestación por desempleo, cuando se ha comprobado que la mayoría de los trabajadores a tiempo parcial vertical son mujeres que resultan perjudicadas por dicha legislación».
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