La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado nulo por discriminatorio el despido de una profesora que se encontraba en una fase avanzada de un proceso de fecundación in vitro al no acreditar el colegio religioso en el que trabajaba que la causa del cese no está relacionada con dicho tratamiento médico.
La sentencia considera que la congregación religiosa titular del centro docente, que reconoció la improcedencia del cese, no ha ofrecido una justificación “objetiva y razonable”, además de “suficientemente probada”, de que el despido se debe a razones ajenas a la vulneración del derecho fundamental a la no discriminación por razón de sexo alegada por la profesora, por lo que es nulo.
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