El Tribunal de Justicia de la Unión Europea contesta así una cuestión prejudicial planteada por el juzgado de lo social número 3 de Barcelona.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha establecido que la situación de larga enfermedad de un trabajador puede equipararse a una discapacidad, en casos de despido, cuando la empresa no haya agotado las posibilidades de adaptar el puesto de trabajo del afectado.PUBLICIDAD

En su resolución, el TJUE contesta así una cuestión prejudicial planteada por el juzgado de lo social número 3 de Barcelona, a raíz del caso de una trabajadora que fue despedida mientras se encontraba de baja médica.

La empleada, defendida en los tribunales por el bufete de abogados Colectivo Ronda, sufría desde el año 2011 epicondilitis, enfermedad conocida como «codo de tenista» y provocada por los movimientos repetitivos de la muñeca y el antebrazo.

Por ese motivo, se reconoció el origen profesional de su lesión y fue clasificada como persona «especialmente sensible», figura legal que obliga al empresario a adoptar medidas especiales para evitar riesgos al afectado.

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