El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía señala que la lactancia se ha desvinculado ya del hecho biológico de la lactancia natural y se considera como un mero tiempo de cuidado a favor del hijo.
El permiso de lactancia sólo podrá disfrutarse si el otro cónyuge trabaja.Así lo establece el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en una sentencia que analiza el caso de un trabajador que solicitó permiso de lactancia a raíz del nacimiento de su hijo y su mujer no trabajaba en ese momento, pues se encontraba en situación legal de desempleo.
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