El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha resuelto que no puede negarse la posibilidad de ampliar la demanda a pesar de que ello suponga un cambio sustancial en el proceso, siempre que se haga antes del juicio para que la parte demandada pueda preparar adecuadamente su defensa. Por ello, ha declarado nulo el despido de una empleada que expuso que cuando la cesaron estaba embarazada en una ampliación de la demanda inicial, tras el trámite de conciliación (acceda al texto de la sentencia aquí).
En un primer momento, la trabajadora despedida impugnó su cese por la existencia de defectos formales. El juzgado entonces le dio la razón y lo declaró improcedente. Sin embargo, posteriormente la empleada recurrió y en la ampliación de su demanda comunicó que en el momento del despido estaba embarazada y que, en consecuencia, solicitaba su nulidad. Su embarazo suponía, como se explica en la sentencia, un cambio sustancial respecto a su pretensión original ya que no se había alegado ni en conciliación previa ni en la demanda inicial.
Leer la noticia completa – click aquí