Las facturas simplificadas son un tipo de facturas que puede emitir una empresa o un autónomo, aunque existen ciertas limitaciones que deben tenerse en cuenta para no incurrir en ilegalidades.

La primera de ellas está relacionada con el importe total de la misma. El autónomo podrá emitirlas, siempre y cuando el importe no exceda los 400 euros, con IVA incluido.

La agencia tributaria recuerda en su página web que existen otros usos que también están permitidos. Por ejemplo emitir simplificadas cuando se trate de rectificativas. Es decir, que se emitan para corregir errores de contabilidad llevados a cabo en una factura emitida con anterioridad.

También se permite el uso siempre y cuando no sobrepasen los 3.000 euros con IVA incluido y se encuentren dentro de operaciones de ventas al por menor, venta ambulante o servicios a domicilio del consumidor. También en actividades relacionadas con el transporte de personas y sus equipajes, servicios de hostelería y restauración prestado por bares y restaurantes y suministro de comida y bebida para consumir en el acto.

Leer la noticia completa – click aquí