La reducción del salario mediante la disminución del cobro de comisiones de los vendedores que adoptó de manera unilateral el Grupo Cortefiel en julio de 2012 ante la disminución de sus ventas no vulneró la ley, pues la reforma laboral de 2012 lo permite, según ha sentenciado el Tribunal Supremo. En un fallo conocido hoy la Sala de lo Social del alto tribunal ha rechazado el recurso que presentaron los sindicatos UGT y CC.OO. contra la sentencia de la Audiencia Nacional que ya le dio la razón a la empresa y consideró legal la reducción de las citadas comisiones de facturación.
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