El Tribunal Constitucional (TC) ha hecho pública la sentencia en la que el Pleno avala preceptos centrales de la reforma laboral, en contra del recurso presentado por el Parlamento de Navarra. En ella asegura, entre otros argumentos, que el año de prueba fijado en el contrato de apoyo a emprendedores para empresas de menos de 50 empleados, tras el que el empresario puede prescindir del trabajador sin indemnización alguna, “hace atractiva la contratación indefinida”.
Según los recurrentes, el establecimiento de un periodo de prueba de un año, frente a los seis meses de máximo fijados hasta ahora, vulnera el derecho al trabajo, a la igualdad, a la negociación colectiva y a la tutela judicial efectiva.
Ante estos requerimientos, el TC asegura que un año de prueba permite a las empresas no sólo comprobar la capacitación y aptitud del trabajador contratado, sino también “la sostenibilidad económica del nuevo puesto de trabajo”.
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