El Tribunal Supremo se pronunciará sobre si la reducción por maternidad en el Impuesto de la Renta de la Persona Física (IRPF) de hasta 1.200 euros por hijos menores de tres años constituye una infracción del principio de igualdad que recoge el artículo 14 de la Constitución Española.
En un auto con fecha 1729/2026, con fecha 11 de febrero, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha admitido a trámite un recurso en el que deberá determinar si el hecho de que no se le pueda aplicar la deducción por maternidad (artículo 81 de la Ley de Impuestos sobre la Renta de las Personas Fijas, LIRPF) constituye una infracción del principio de igualdad (artículo 14) y de igualdad en materia tributaria (artículo 31) previstos ambos en la Constitución Española (CE), o si se trata de una diferencia de trato justificada y constitucionalmente admisible.
Leer la noticia completa – click aquí