A lo largo de una larga carrera laboral es normal tener distintas funciones dentro de una misma empresa. Las necesidades van cambiando con el tiempo y muchas veces el trabajador debe adaptarse a esos cambios. Sin embargo, el Estatuto de los Trabajadores regula cómo se deben producir.

Normalmente, los cambios de funciones se ajustan al artículo 39, que marca los límites de la movilidad dentro del mismo grupo profesional. Solo si la empresa quiere ir más allá de esos límites y el cambio afecta de forma significativa las condiciones del contrato entra en juego el artículo 41, que regula las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.

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