El Gobierno ha incrementado la cotización adicional que deben abonar los empresarios al finalizar contratos temporales de menos de 30 días, pasando de 31,22 a 32,60 euros. Este aumento responde a la subida de las bases mínimas de cotización para este año.
Dicha penalización, que entró en vigor el 1 de enero y fue introducida en la reforma laboral de 2021 con el fin de reducir la temporalidad y la rotación en el mercado laboral, se calcula en función de la base mínima de cotización diaria del grupo 8 (que comprende oficiales de primera y segunda), la cual también ha aumentado un 4,4% en 2025, en línea con la subida del salario mínimo interprofesional (SMI).
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