El Tribunal Supremo establece que las empresas no pueden despedir disciplinariamente a un trabajador sin abrir un trámite de audiencia previa. Así, antes del despido, el empleado tiene derecho a defenderse de las acusaciones en las que se fundamente la rescisión. “No deberá darse por terminada la relación de trabajo de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o su rendimiento antes de que se le haya ofrecido la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él”, dicta el Supremo.
En una sentencia fechada el 13 de noviembre, el pleno de la sala de lo Social del alto tribunal ha estimado por unanimidad un recurso de la Fundació per als estudis Superiors de Música i arts Esceniques de les Illes Balears (FERMAE-IB) contra un fallo de febrero de 2023 del Tribunal Superior de Justicia de esa comunidad autónoma.
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