“La empresa no negoció con el trabajador tal como le obligaba el Estatuto de los Trabajadores”, subraya la sentencia.
“La intención de la compañía de hacer cambiar de ciudad al empleado no tenía un sentido práctico para el desarrollo de su trabajo”, afirma Avelina Barja Rodríguez, abogada defensora del trabajador.
Desde el inicio del confinamiento el trabajador residía en el domicilio familiar de Asturias. Y ahora su empresa quería trasladarle de nuevo al centro de trabajo en Barcelona. “Se había demostrado en este tiempo que podía realizar su labor perfectamente a través de esta modalidad de trabajo a distancia”, señala la letrada.
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