La trabajadora se dirigió a la niña, de siete años, y le dijo que se llevara a su padre a la perfumería para que su madre pudiese comprar un reloj como regalo de navidad para él, desvelando así que no es Papá Noel quien se encarga de hacerlo.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en sentencia de 1 de junio de 2017 (Recurso 19/2017), ha desestimado el recurso de suplicación interpuesto por la trabajadora, por considerar que su actitud, menospreciando a sus superiores y compañeros y desobedeciendo órdenes, después de haber sido apercibida, quebró la confianza que la empresa tenía depositada.
La Sala considera que, aunque aisladamente consideradas, las acciones que llevó a cabo la trabajadora solo podrían constituir una falta leve o incluso grave, en conjunto revelan una clara voluntad rebelde en el cumplimiento de sus funciones como dependienta y una patente mala fe. Por estos motivos, tomó la empresa la decisión de despedirla cuando, pese a haber sido anteriormente sancionada, persistió en su irrespetuoso actuar durante tres meses más.
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