La Sala de lo Social del TSJ de la Región de Murcia estima parcialmente el recurso presentado por una trabajadora frente a la sentencia del Juzgado de lo Social 9 de Murcia y condenado a la empresa a abonarle una indemnización de 8.927,48 euros por incumplir una oferta de empleo que había generado un precontrato de trabajo.

La resolución considera que de la prueba practicada se desprende la existencia de una verdadera promesa de contrato, aunque no se hubiera formalizado por escrito. La Sala, partiendo de los hechos probados de la sentencia recurrida, especialmente de las conversaciones de WhatsApp mantenidas en los días previos a la supuesta contratación, llega a la conclusión de que sí existía un acuerdo entre ambas partes para concertar un contrato de trabajo, y que fue la decisión de la empresa de contratar a un familiar lo que impidió que este llegara a formalizarse.

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