El Tribunal Supremo ha puesto fin a una práctica empresarial cada vez más extendida: la exigencia de certificados médicos adicionales cuando el trabajador acude a la sanidad privada.

Así lo establece la sentencia número 116/2026, de 3 de febrero. En ella, la Sala de lo Social concluye que, si el convenio reconoce permiso para acudir al médico vinculado a la cartera de servicios del sistema sanitario público, dicho derecho se mantiene aunque la consulta sea en un centro privado.

Leer la noticia completa – click aquí