Bruselas, 12 jun (EFECOM).- El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) concluyó hoy que el fallecimiento de un trabajador no extingue su derecho a vacaciones anuales retribuidas, en relación a un caso en el que una viuda solicitó una compensación por las vacaciones anuales no disfrutadas por su marido.
La máxima instancia judicial comunitaria destaca que el derecho de la UE «se opone a las normativas y prácticas nacionales que no permitan la compensación financiera por las vacaciones no disfrutadas en caso de fallecimiento del trabajador».
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