El Tribunal de Instancia plaza 1 de Albacete ha desestimado las pretensiones de una trabajadora, que alegaba que su despido era nulo por embarazo. Una sentencia en la que el tribunal recuerda la diferencia entre un despido, y una finalización de un contrato temporal.
Soledad (nombre ficticio) comenzaba su relación laboral con Mutua Solimat, como «enfermera no especializada», el 10 de marzo de 2025, con contrato de carácter temporal para la sustitución de una persona trabajadora.
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