Una madre trabajadora ha ganado una batalla en los tribunales. El Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña ha reconocido el derecho a teletrabajo de la empleada para cuidar de su hijo recién nacido, pese al rechazo de la empresa. La sentencia —del pasado mes de abril y no publicada en prensa— ha concedido a la progenitora una indemnización de 3.000 euros por la vulneración el derecho de conciliación.
Según los hechos probados de la sentencia (que puede consultar en este enlace), Milagros (nombre ficticio) presta servicios para una empresa de soporte técnico desde 2004. La empleada tiene un horario laboral nocturno que comienza a las siete de la tarde y termina pasadas las tres de la madrugada. Además, su marido también trabaja en la misma compañía y con la misma jornada. Un hecho que, según la trabajadora, impide cuadrar la agenda con el cuidado de su hijo.
Leer la noticia completa – click aquí