El Tribunal Supremo (TS) mejora la defensa de los trabajadores en las demandas por despido. El alto tribunal rectifica su doctrina y permite que los empleados incorporen en la demanda hechos distintos a los que alegó en la conciliación, que se lleva a cabo en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) como paso previo a la vía judicial.
El Supremo, en una sentencia del 23 de enero, indica que no hay que hacer una interpretación «rigorista» de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social que estipula que en la demanda «en ningún caso podrán alegarse hechos distintos de los aducidos en conciliación o mediación». A su juicio, los trabajadores podrán añadir nuevos hechos siempre que no se vulnere el derecho a la tutela judicial efectiva de la empresa demandada.
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