Quedan tres meses para que llegue y muchos empleados la esperan con anhelo. Es la paga extraordinaria de Navidad, que permite comprar los regalos de esas fechas o darse un homenaje gastronómico. Sin embargo, a veces, se hace de rogar y no llega hasta más de un año después, una medida que el Tribunal Supremo (TS) declara que no puede aplicarse y, por tanto, es ilegal.

Ocurrió en una compañía dedicada al almacenamiento y transporte, que determinó un aplazamiento de la extra navideña de sus trabajadores con más de un año de retraso y, además, un fraccionamiento de las nónimas mensuales en dos partes equivalentes al 50%.

¿Qué razones aportó la compañía para tomar estas medidas? Expuso motivos de serios apuros económicos y causas productivas, técnicas y organizativas durante la mesa negociadora -formada por los representantes de los trabajadores y de la empresa-, que tuvo lugar con el fin de acercar posturas, pero concluyó sin ningún entendimiento por las partes.

La delicada situación de la compañía no ha sido razón suficiente para que la Justicia se haya puesto de su parte. Tras concluir el periodo de consultas, la falta de acuerdo llevó a trabajadores y empresa a acudir a la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (Ccncc), que dictó que esas medidas no se pueden aplicar.

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