El Tribunal Supremo ha fijado criterio para destapar las falsas cooperativas de autónomos, un mecanismo fraudulento empleado para escapar de la legislación laboral y, así, rebajar costes y debilitar la protección de los trabajadores. La sentencia, referida a un litigio entre un transportista y la organización de la que era socio cooperativista, puede tener especial incidencia en otros sectores como el cárnico, en el que los sindicatos han denunciado el abuso de esta figura. Además, unifica los pronunciamientos contradictorios que se han dado desde los Tribunales Superiores de Justicia (TSJ).
En el caso enjuiciado, el demandante se integró en una cooperativa de transporte, dándose de alta como autónomo. Dicha organización era la propietaria de las tarjetas de transporte y quien alquilaba los vehículos que, posteriormente, eran puestos a disposición de los cooperativistas. La cooperativa, a su vez, tenía suscrito un contrato de arrendamiento de servicios con una empresa logística, que era quien disponía de los clientes, organizaba el trabajo, las rutas y los encargos. De hecho, era esta compañía la que se ponía directamente en contacto con los conductores.
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