El Tribunal Supremo ha obligado a un divorciado a pagar una pensión compensatoria de 400 euros mensuales a su exmujer al entender que su dedicación en exclusiva durante 21 años al cuidado de su familia influyó «negativamente» en su desarrollo profesional y determinó un periodo de cotización menor.

El alto tribunal ha estimado el recurso de la mujer contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que, en junio de 2012, eximió a su ex pareja de pagarle la pensión compensatoria que anteriormente había fijado un juzgado de Coslada. La Audiencia no apreció ningún «desequilibrio» y afirmó que la pensión compensatoria no es «un mecanismo dador de cualidades profesionales que no se tienen».

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