La Sala de los Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que limita el uso forzoso de parados en la Administración a la consecución de trabajos puntuales y nunca para el desempeño de labores habituales.

La sentencia desestima el recurso de casación para unificación de doctrina interpuesto por la Consejería de Empleo e Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, contra una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad autónoma a instancia de una trabajadora de dicha administración.

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